El domingo 7 de mayo del 2023, se llevarán a cabo los comicios provinciales en la provincia de Misiones. A raíz de ello, el Juzgado de Paz Nro 1 de Oberá y la Unidad Regional II PolMis, han emitido una nota para informar a la población en general, Agrupaciones Políticas y Comerciantes en particular, sobre las restricciones y recomendaciones que deben ser observadas en el marco de la Ley Electoral de la Provincia de Misiones.
Entre las prohibiciones que se establecen en el Artículo 83 de la mencionada ley, se encuentran: la distribución pública de boletas de sufragio a los electores en un radio de hasta ochenta (80) metros del lugar del comicio; toda propaganda por altoparlante u otros medios de propagación desde locales partidarios o domicilios privados; los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrado, exhibiciones teatrales, cinematográficas, actos deportivos y toda clase de reuniones públicas en el día del comicio; mantener abiertos los locales destinados al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase durante el día del comicio hasta pasadas tres (3) horas de la clausura del mismo; la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección doce (12) horas antes y tres (3) horas después de finalizado el comicio; los actos públicos de proselitismo desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación del comicio; y la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalan mesas receptoras de votos.
Además, se hace saber al elector que todo aquel que se encuentre a más de doscientos (200) kilómetros de distancia del lugar donde debe sufragar, debe presentarse ante la autoridad policial más cercana, la cual extenderá la certificación pertinente de su comparecencia en el lugar. Luego, en el término de 60 días, deberá elevarla al Tribunal Electoral de Misiones para justificar la no emisión del voto.
Por otro lado, los comerciantes de la ciudad deben recordar la vigencia y observancia de lo regulado por el Artículo 164 de la Ley de fondo, el cual impone arresto de 30 a 40 días con la accesoria de inmediata clausura del local a quienes exhiban, vendan, distribuyan o suministren a título gratuito bebidas alcohólicas desde 12 hs antes del inicio de la jornada electoral y hasta 3 horas posteriores a su cierre.
El objetivo de estas medidas es llevar adelante la jornada electoral en absoluta normalidad, por lo que se solicita la colaboración de todos los ciudadanos y comerciantes de la provincia de Misiones.