Mediante la Resolución N°1119, el Intendente de la Ciudad de Oberá, en el uso que le confiere la Carta Orgánica Municipal dispuso diferentes modificaciones y aperturas en comercios y actividades, en el marco del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Asimismo, se amplía el factor ocupacional de las actividades habilitadas hasta la fecha.

 

HORARIOS RESTAURANTES Y AFINES

– CAFETERIAS, HELADERIAS Y RESTAURANTES QUE BRINDEN DESAYUNO Y/O ALMUERZO Y/O MERIENDA: De lunes a sábado de 7:30 a 20 horas.

 – RESTAURANTES Y BARES:

  1. a) De domingo a jueves de 11 a 15 horas y de 19 a 00 horas;
  2. b) Días viernes y sábados de 11 a 15 horas y de 19 a 03 horas. Aclaración: aquellos días de semana previos a un feriado, se aplicará el horario máximo de las 03 horas.

Cada comercio podrá optar libremente por el horario que resulte más conveniente a su organización, garantizando a sus empleados el cumplimiento de la normativa laboral vigente respecto a las horas máximas diarias de trabajo.

Asimismo, se AUTORIZA la colocación de mesas en la vereda, abonando la tasa correspondiente, y respetando la cantidad y distancias que indique el Departamento de Seguridad e Higiene. El máximo de personas permitidas por mesa será de cuatro personas.

 

HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS DEPORTIVOS Y HABILITACION DE VENTA DE BEBIDAS

El horario para la práctica de deportes por equipo será de lunes a domingos de 7:30 a 00 horas, y que cada equipo podrá contar con un jugador suplente.

AUTORIZAR la venta de bebidas para aquellos establecimientos que cuenten con la habilitación comercial local y/o provincial correspondiente, donde se desarrollen actividades.

HABILITAR el uso de parrillas en los establecimientos a los que hace referencia el artículo precedente, y ACLARAR que para ello el comerciante o responsable del predio deberá previamente solicitar la autorización e inspección del Departamento de Seguridad e Higiene, respetando la distancia entre participantes y un máximo de diez personas por parrilla.

EXTENCIÓN HORARIO DE APERTURA PARA GIMNASIOS

En la ciudad de Oberá será de lunes a domingos de 7:30 a 23 horas.

AUTORIZAR la apertura de sanitarios, debiendo el responsable del establecimiento velar por la correcta higienización de los mismos con lavandina o amonio cuaternario de manera frecuente.

 

FACTOR OCUPACIONAL

AUTORIZAR el incremento del Factor Ocupacional de las actividades habilitadas a la fecha en el marco del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para prevenir la propagación del Coronavirus COVID 19, previa solicitud e inspección del Departamento de Seguridad e Higiene.

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