De cara a las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, el Concejo Deliberante de la ciudad de Oberá recuerda que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza II – Nº 30, que prohíbe en todo el ejido urbano la fabricación, comercialización, tenencia y uso de pirotecnia con efecto audible o sonoro.

La normativa tiene como objetivo promover una convivencia responsable y reducir los riesgos asociados al uso de fuegos artificiales, protegiendo especialmente a personas con hipersensibilidad auditiva, adultos mayores, niños, mascotas y al ambiente en general.

En este sentido, se aclara que en la ciudad únicamente se encuentra permitida la pirotecnia de efecto lumínico o fumígeno, conocida como “pirotecnia fría”, siempre que sea adquirida en comercios debidamente habilitados y cuente con las certificaciones correspondientes. Asimismo, se mantiene prohibida la venta ambulante y la comercialización de pirotecnia a menores de 16 años.

Desde el ámbito legislativo se destaca que durante los meses de diciembre y enero el Municipio realiza operativos especiales de control, en articulación con organismos provinciales y nacionales, con el fin de garantizar el cumplimiento de la ordenanza y las condiciones de seguridad establecidas.

“Las fiestas representan momentos de encuentro y celebración, y el desafío es que lo sean para todos. Respetar esta ordenanza es una forma concreta de cuidar al otro y contribuir a una ciudad más inclusiva y segura”, expresan concejales al referirse a la importancia de la normativa.

Finalmente, se recuerda que el incumplimiento de la ordenanza prevé sanciones que incluyen multas, decomiso de los elementos prohibidos y clausuras comerciales, y se convoca a la comunidad a optar por celebraciones responsables, priorizando el bienestar colectivo durante las fiestas de fin de año.

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