La Defensoría del Pueblo de Oberá recomendó al Concejo Deliberante que convoque y celebre una audiencia pública para el tratamiento de la ordenanza que modifica la Tasa de Alumbrado Público, que se prevé aprobar con tratamiento sobre tablas en el expediente 239/2023.

La recomendación se basa en lo establecido por los artículos 44 y 45 de la Carta Orgánica Municipal, que exigen la obligatoriedad de la celebración de audiencias públicas cuando se traten proyectos de normas que discurren acerca del aumento del porcentual de las alícuotas de los tributos existentes y el precio de las tarifas de los servicios públicos.

La Defensoría del Pueblo considera que vulnerar esta obligación convertiría en nula de nulidad absoluta cualquier ordenanza sancionada sin cumplimentar dicha instancia participativa, por haberse obviado un requisito esencial del procedimiento legislativo establecido por la Carta Magna Municipal.

La audiencia pública es un mecanismo de participación ciudadana que garantiza la publicidad, el libre acceso a la información y la posibilidad de expresar opiniones y propuestas sobre los asuntos públicos que les afectan. En este caso, la Tasa de Alumbrado Público es un tributo que se cobra a los contribuyentes por el servicio de iluminación de las calles y espacios públicos de la ciudad.

 

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