Si bien el recién el 15 de febrero se conocerán los fundamentos del fallo del Tribunal Penal Uno que absolvió a Victoria Aguirre (24) y condenó a Rolando Lovera (33) a 19 años de prisión por el homicidio de la pequeña Selene, fuentes judiciales anticiparon que el veredicto se habría apoyado en un tramo de las grabaciones de las cámaras de seguridad del predio donde se estima que falleció la criatura.
Precisamente, en su alegato Eduardo Paredes, codefensor de Aguirre, hizo hincapié en una secuencia que va desde las 1.20 a las 2.07 de la madrugada del 29 de enero del 2015, lapso en el que Lovera llevaba a la nena en brazos por sectores oscuros de la arenera donde trabajaba e ingresó al baño. Según Paredes, dichas imágenes probarían la autoría de Lovera.
Por su parte, el acusado indicó que esa madrugada alzó a la pequeña porque lloraba y la hizo dormir caminando por el lugar, que es lo que se observa en las grabaciones.
En tanto, si bien durante el debate la progenitora de la víctima se negó a prestar declaración, en la instrucción había señalado que desde el 21 de enero estuvo secuestrada por el sujeto, quien le quitó su celular y la mantuvo incomunicada.
En cambio, las mismas grabaciones de la madrugada del 29, apenas horas antes de que Selene ingresara sin vida al hospital Samic, se observa a Victoria Aguirre caminando en el interior de la arenera con un celular en la mano.
Entre otras contradicciones, en su alegato la fiscal Estela Salguero mencionó que al ser detenida, la madre de Selene declaró que estaba golpeada en la espalda y las piernas, pero no le dijo nada de eso al médico policial que la atendió.
“Selene murió en el lugar de trabajo de Lovera. En el garage la mataron, donde no había cámaras. Selene era un estorbo para la pareja porque estaban viviendo una luna de miel. La nena lloraba para todo, si tenía hambre, sed, frío o calor, y era un estorbo para ellos”, indicó.
Por ello amplió la calificación por alevosía y solicitó prisión perpetua para ambos imputados, lo que luego fue desestimado por los jueces Azucena García de González, Jorge Erasmo Villalba y Graciela Heppner.
“Dos testimonios falsos”
Conocido el fallo, la codefensora de Victoria Aguirre, Roxana Rivas, opinó que la acusación contra su cliente llegó a debate basada en “dos testimonios falsos: el de la curandera Juana Dino y su hijo” Ramón Romero (46).
Ambos testigos son vecinos de la familia Aguirre, en el barrio Cien Hectáreas, y durante la instrucción afirmaron que en los días previos al deceso observaron que la pequeña estaba muy golpeada y que la madre minimizaba la cuestión.
“Eran relatos falsos. Se evidenció incluso con el llamado de atención que les hizo el Tribunal a ambos por las contradicciones en las que cayeron al declarar en el juicio. El hijo de la curandera, por ejemplo, admitió que no sabía ni leer ni escribir. Hasta se declaró como amigo personal de Victoria y no lo era”, indicó la abogada en diálogo con la prensa.
Si el fallo se sustenta en cámaras de seguridad, tengo muchísimo margen para atacar la sentencia porque eso no es prueba de delito”Martín Moreira
Defensor de Rolando Lovera
También subestimó los testimonios de la madre y hermana de Lovera, “que obviamente iban a hablar bien de él”, opinó.
Sobre cómo, cuándo y dónde se produjo la muerte de la criatura, Rivas mencionó que “en ese punto nosotros demostramos que las cámaras de seguridad que registraron el lugar donde pasó la nena su última noche con vida captaron el momento en el que creemos se produjo el golpe letal que terminó con la vida de la niña. Se ve a Lovera con ella en brazos entrando a un baño y cuando sale, la nena ya no estaba erguida. Minutos después se la entrega a la madre”.
“Violencia estatal”
Por su parte, ya en su alegado Eduardo Paredes consideró que “Victoria Aguirre sin duda fue víctima de violencia estatal. Ella es víctima, porque murió la hija, Selene. Y encima la acusan a ella por el crimen”.
De esta forma, retiró de escena la hipótesis de la violencia de género que enarboló la defensa de Aguirre en el primer juicio -anulado por la recusación al Tribunal- y apuntó al estado como causante de una supuesta injusticia.
“Esta nena nunca fue víctima de violencia. Estaba bien cuidada. Esta nena murió de un golpe y hubo una confusión de la explicación de la mecánica de la muerte”, consideró Paredes.
Sobre la acusación fiscal respecto a que la pareja estaba de luna de miel y que “por eso mataron a la niña, no es una hipótesis, es un simple enunciado. No es la base de una acusación”, agregó.
Según el codefensor, no se entendió lo que en su momento explicó el forense Gabriel Flores, tras lo cual el letrado brindó su versión subjetiva, puesto que no es médico.
“Fue un golpe que derivó en un hematoma subdural, una agonía y el deceso. Con los datos que hay se puede armar una hipótesis. La última persona que ve con vida a Selene es Lovera, esto lo muestra las imágenes de las cámaras de seguridad”, remarcó.
“No es prueba de delito”
En las horas posteriores al fallo, el abogado Martín Moreira, defensor de Lovera, anticipó que apenas se conozcan los fundamentos recurrirá a casación y, de ser necesario, hasta la Corte Suprema de Justicia.
“Si el fallo se sustenta en ese tramo donde las cámaras de seguridad muestran a Lovera caminando con Selene en brazos, la verdad que tengo muchísimo margen para atacar la sentencia porque eso no es prueba de delito”, opinó.
El letrado insistió en que no existen elementos probatorios para tal condena y, al mismo tiempo, la absolución de la madre de la víctima.
“Si la fiscalía imputa en forma conjunta a los dos, cómo puede ser que absuelvan a una y condenen al otro. Si no se pudo describir la acción criminal de cada uno en forma concreta, no se puede acusar; por eso, si el Tribunal decide no acusar o absolver, tiene que ser en forma conjunta”, opinó.
Y agregó: “El ministerio fiscal manifestó que no pudo describir quién fue el autor del hecho, entonces debería aplicar a favor del imputado el beneficio de la duda. Luego el Tribunal absuelve a Victoria con ese argumento, pero condena a mi cliente”.
Por ello, anticipó que “si es necesario iremos hasta la Corte Suprema de la Nación, porque no se le puede condenar a una persona sin pruebas. Si las dos personas estaban juntas en el momento donde supuestamente se causó la muerte de la víctima, que me expliquen con lógica cómo se le absuelve a una y a la otra se la condena. Pero no sólo esto, sino que sin pruebas”.
Insistió con que en el departamento de Erasmie y Sargento Cabral hallaron sangre de Selene y la última persona que estuvo en ese domicilio fue Victoria Aguirre, porque Lovera estaba en la arenera, como mostraron las cámaras de seguridad.
“Entonces, si el único rastro del delito, la sangre de Selene, indica que Lovera no estaba, cómo lo condenan a 19 años y a Victoria Aguirre la absuelven. Es un sinsentido absoluto”, argumentó Moreira.
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