Icono del sitio OberaOnline

El gobierno creó el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por 10.000 pesos para los más vulnerables

El Gobierno nacional estableció hoy la creación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional de 10.000 pesos para el mes de abril, destinada a compensar a los sectores más vulnerables a las consecuencias económicas de la cuarentena dispuesta por la emergencia sanitaria creada por el Coronavirus (COVID19).

De acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el IFE se otorgará a las personas que están desempleadas, trabajen de manera informal, sean monotributistas de las categorías “A” y “B” o, también, trabajadoras o trabajadores de casas particulares quienes cobrarán esta ayuda a través de su CBU.

Para que todas estas personas puedan acceder al IFE deben cumplir dos requisitos:
1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, y
2) Tener entre 18 y 65 años de edad.

​ Asimismo, cualquiera que reúna estas condiciones sólo podrá acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:
a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado;
b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos;
c) de una prestación de desempleo;
d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.

La IFE se abonará por única vez en el mes de abril, si bien podrá ser prorrogada en caso de ser necesario, y deberá ser solicitado ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que pondrá a disposición de todas las personas interesadas un formulario en los primeros días de abril.

Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSES, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página Web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes.

Este beneficio, excepcional y por única vez, se otorgará tras realizar evaluaciones socio económicas y patrimoniales sobre la baje de criterios objetivos que se fijen en su reglamentación.

Las normas aclaratorias y complementarias serán dictadas, de ser necesarias, por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y por la propia ANSES, de acuerdo con el decreto que establece el IFE.

La financiación del subsidio excepcional instituido hoy estará a cargo del Tesoro Nacional, por lo cual la Jefatura de Gabinete deberá prever las correspondientes adecuaciones presupuestarias para el ejercicio en curso.

El contenido del presente mensaje y sus anexos es privado, confidencial y de exclusivo uso para el destinatario referenciado. Puede contener informacion privilegiada o amparada por el secreto profesional o por disposiciones legales y/o reglamentarias vigentes. Cualquier modificacion, retransmision, diseminacion o divulgacion de su informacion se encuentra expresamente prohibida y su uso inadecuado puede derivar en responsabilidad civil para el usuario o configurar los delitos previstos en los articulos 153 a 157 del Codigo Penal. Si no fuere uno de los destinatarios consignados o lo hubiere recibido por error, Ud. NO ESTA AUTORIZADO a utilizar total o parcialmente, copiar, enviar, revelar, imprimir, divulgar de manera alguna el contenido del presente mensaje o el de sus adjuntos. En consecuencia, tenga a bien comunicarselo inmediatamente al emisor y ELIMINARLO. ANSES no garantiza la seguridad, integridad, exactitud u oportunidad de lo transmitido por este medio ni se responsabiliza de posibles perjuicios derivados de la captura, incorporaciones de virus o cualquier otra manipulación efectuada por terceros. Asimismo, las opiniones expresadas en este mensaje y en los archivos adjuntos son propias del remitente y no representan la opinion o politicas de ANSES, salvo que se diga expresamente y el remitente se encuentre autorizado para ello. Por ende, ANSES no asumira -en ningun caso- responsabilidad alguna frente al destinatario y/o terceros en virtud de dichas comunicaciones y ademas, no sera responsable frente a los usuarios por la correspondencia o los mensajes de correo electronico enviados por terceros u otras personas distintas a ANSES, ya sea que estos hubieren o no solicitado el envio de tales mensajes. ANSES se reserva el derecho de bloquear el acceso o remover en forma parcial o total todo mensaje y sus adjuntos que a su criterio pudiere resultar abusivo, difamatorio, obsceno, fraudulento, artificioso, engañoso, ofensivo o violatorio a los terminos de la presente. PD: Tildes omitidas intencionalmente.

URL corto del artículo: https://oberaonline.com.ar/h2zp
Salir de la versión móvil