El 9 de marzo se cumplieron dos años de la absolución por el beneficio de la duda del locutor Alejandro Santa Andrea (62), quien llegó a juicio acusado de abuso sexual en perjuicio de una niña de 8 años, tras una denuncia radicada el 19 agosto del 2013 ante la Comisaría de la Mujer de Oberá.
Oportunamente, la fiscal Estela Salguero interpuso un recurso de casación que fue aceptado por el Tribunal Penal Uno, tras lo cual el expediente fue elevado al Superior Tribunal de Justicia (STJ) para su análisis.
En tanto, el año pasado y con el voto unánime de sus integrantes, el máximo órgano judicial de Misiones hizo lugar al recurso del ministerio fiscal y accedió al revisar la sentencia que favoreció a Santa Andrea.
En consecuencia, el fallo aún no está firme y en la continuidad del proceso el STJ solicitó que el Tribunal Penal le remita el CD con la grabación de la Cámara Gesell en la que la presunta víctima relató los detalles que oportunamente sentaron las bases de la acusación contra el locutor obereño.
Se trata de elemento considerado clave en delitos contra la integridad sexual de los menores, en este caso puesto a disposición de los ministros del STJ para su análisis y posterior resolución.
Santa Andrea fue absuelto por el beneficio de la duda por el Tribunal presidido por la jueza Lilia Avendaño, secundada por sus pares José Pablo Rivero y Jorge Erasmo Villalba.
Previamente, la fiscal Salguero había solicitado una pena de trece años de prisión por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal en concurso real y abuso sexual simple en concurso real”.
Fallo y dudas
En el fundamento de la absolución, el Tribunal marcó ciertas contradicciones de la criatura en la descripción de casa del imputado. Se argumentó que el color de las cerámicas del baño era beige y no blanco, como dijo la pequeña.
Tampoco se encontró una billetera marrón ni una remera verde mencionados en el expediente. En este punto, debe considerarse que el allanamiento de la vivienda del imputado se concretó ocho días después de la denuncia de la criatura.
La presunta víctima también dijo que el día del hecho observó que Santa Andrea tenía un reloj plateado, pero durante el debate oral los abogados del locutor insistieron con que no usaba reloj. A su turno, en la fundamentación del fallo, el Tribunal mencionó que nunca se encontró el citado objeto.
Luego, a través de un medio local, trascendió una fotografía en la que se observa a Santa Andrea usando un reloj plateado, similar al descripto por la criatura que lo denunció.
Otro punto que avaló el fallo radica en el horario en que habrían sucedido los hechos, ya que en la indagatoria se menciona que fue a las 11, del 19 de agosto del 2013, y en el requerimiento de elevación a juicio se mencionó el mediodía. Una ínfima diferencia horaria, sobre todo tratándose de una nena de 8 años.
“El Tribunal no descree que el hecho ocurrió ni tampoco de que Santa Andrea haya sido el autor, pero tiene dudas. No fue absuelto lisa y llanamente por no ser el autor, sino porque al Tribunal le quedaron serias dudas. Dudas que yo no comparto y entiendo que no había”, señaló la fiscal al conocerse la sentencia, hace dos años.
Asimismo, subrayó que “el fallo del Tribunal tuvo muy poca consideración de los dichos de la niña”
27 de agosto, 2013
La Policía allanó la casa de Santa Andrea y lo detuvo. Fue manejando su auto hasta el lugar de detención.
20 de diciembre, 2013
Fue excarcelado después de pasar 115 días en prisión.
25 de noviembre, 2015
Debía empezar el juicio oral, pero se suspendió debido a la mala calidad del sonido de la prueba clave: Cámara Gesell.
24 de febrero, 2016
Se inició el debate en el que el locutor llegó acusado por la fiscalía de “abuso sexual con acceso carnal en concurso real y abuso sexual simple en concurso real”.
9 de marzo, 2016
Los jueces Lilia Avendaño, José Pablo Rivero y Erasmo Villalba, del Tribunal Penal Uno de Oberá, lo absolvieron por el beneficio de la duda.
Por Daniel Villamea
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