El operativo que se realizará con la colaboración de Gendarmería Nacional, se replicará en las rutas nacionales N° 12, N° 14, N° 101 y N° 105.
La zona de Camino es aquella delimitada entre alambrados en zonas rurales, o la línea municipal en zonas urbanas. Esta zona de camino es propiedad de la DNV, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.449 y la utilización de la misma debe ser solicitada y autorizada por el ente vial nacional.
Las inspecciones que de manera regular realiza el organismo sobre los mencionados Corredores Nacionales permiten constatar permanentes invasiones a estos sectores lo que representa un serio riesgo para la seguridad vial de la zona y además una violación a la propiedad Nacional. Por ello cabe recordar que la DNV se encuentra facultada a remover toda instalación o aviso de propaganda colocados en Zona de Camino de Rutas Nacionales, y efectuar las multas correspondientes, de acuerdo con el art. 23 del Dto. 6973/58 que reglamenta al Dto. Ley N° 505/58.
El respeto por los costados de las Ruta permite optimizar el estado de banquinas y accesos a la vez que resguardar la vida de los vecinos, conductores y transeúntes.
La extracción de elementos no autorizados en la zona de camino es un aporte a la seguridad vial de los vehículos que transitan por los Corredores Viales Nacionales de la Provincia sobre los cuales se concentran el mayor flujo vehicular.