El escrito que lleva la firma de su Presidente, señala: “No existe voluntad de llegar a extremos de desvinculaciones o extinción de la relación laboral o la suspensión masiva del personal, sino la de llegar a consensuar con todos los actores involucrados, una salida exitosa de esta situación de crisis”.-
Más adelante, luego de explicar las razones que llevaron al estado actual de la Prestadora, entre ellas, el congelamiento tarifario, señala las medidas adoptadas por él actual Consejo, -que lleva un año y unos pocos meses- y los resultados ostensibles y alentadores.- De ello, da cuenta el informes de la Auditoría Contable Externa, al afirmar una reducción del déficit en un 50 % en el periodo – Agosto/Octubre/2015 y su anterior 2014.-
Pero teniendo en cuenta que pese a ello, la situación resulta inviable, por el alto endeudamiento heredado y el creciente de costo insumos, ect. y en especial el laboral que en el último balance representó el 77% del ingreso total, se hace necesaria la citada presentación.- Más aún que del nuevo cuadro tarifario, no llegaría siquiera a cubrir las futuras paritarias,
El por ello, que se propone para superar la crisis o atenuar sus efectos, de conformidad a las normas vigentes, las siguientes medidas:
1-Cambio Organizacional o reconversión de los puestos de trabajos. –reformulación de puestos y funciones-.
2-Movilidad funcional y horaria.
3-Suspensión de las recalificación y/o recategorización del Personal.
4- Suspensión en el otorgamiento de adicionales.-
5-Pago de Horas Extras: únicamente se abonará al 50% y como máximo lo que estipula el Convenio Colectivo de Trabajo de cada uno de los gremios; y si fueran de absoluta necesidad, para la preservación de los servicios públicos que presta la CELO. En caso de excederse, se compensarán con francos.
6-Suspensión o reducción de los aumentos paritarios al personal que perciba a partir de 6 (seis) salarios mínimos vitales y móviles.
7-Suspensión o reducción del pago de aportes.
8-Pago de subsidios por parte de Organismos Públicos.
9-Quita o espera de tributos.
10-Pre jubilaciones decreto 402/99.
11- Aplicaciones del Art. 223 bis. De la Ley de Contrato de Trabajo.
12-Pago en 36 meses con reducciones del 30% en acreencias de horas extras y otros emolumentos al total del personal.
13-Inmediata incorporación al Programa de Recuperación Productiva.