cachoabsueltoEl Tribunal Penal avaló el pedido de la defensa. La fiscal había solicitado trece años de prisión para el acusado de violar a una niña. Los jueces deliberaron más de una hora y media antes de dar su veredicto.

El Tribunal Penal Uno de Oberá decidió absolver del delito de abuso sexual por el “beneficio de la duda” al locutor Alejandro Santa Andrea (60), quien llegó al juicio oral como acusado de violar a una nena de ocho años.
La resolución se conoció en la víspera, minutos después de las 15.30, en el cierre de la segunda y última jornada del debate. El Tribunal fue presidido por la jueza Lilia Avendaño, secundada por sus pares José Pablo Rivero y Jorge Erasmo Villalba.
Tras los alegatos de las partes, los magistrados deliberaron durante más de una hora y media antes de regresar al recinto para anunciar el veredicto que benefició al imputado y avaló el pedido de absolución de la defensa. El día 23 del corriente, a las 12, se darán a conocer los argumentos de la sentencia.
La jueza Avendaño fue la encargada de leer el veredicto y, finalizado el trámite, automáticamente Santa Andrea retrocedió un paso para abrazar a su hijo Guillermo, quien lo acompañó durante el juicio.
Antes, la fiscal Estela Salguero había solicitado una pena de trece años de prisión por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal en concurso real y abuso sexual simple en concurso real”. En tanto, tal lo previsto, el acusado declaró ante el Tribunal y negó su responsabilidad en el hecho por el que se lo acusó.
Visiblemente emocionado por la resolución judicial, el reconocido locutor se excusó de charlar con los medios presentes, por lo que su hijo y sus abogados brindaron sus sensaciones al respecto. Apuntaron a la Justicia de Instrucción y hasta deslizaron que se habrían falseado pruebas.
“Nunca hubo elementos para que él pase lo que pasó. Sabíamos que esto no había sucedido y tenemos dudas de por qué llegamos a esta situación, pero no tenemos elementos para decirles por qué pasó esto. Siempre fuimos respetuosos del accionar de la Justicia. Mi padre se mantuvo en su casa, en la ciudad y a la vista de todos. No se escapó ni mintió”, manifestó Guillermo Santa Andrea.
Reconoció que el proceso fue muy largo y su familia “quedó desmantelada”, al tiempo que reconoció que la vida de su padre “no volverá a ser la misma”.
“Más allá de lo físico, tuvo daños serios en lo emocional y psicológico. Pasó por muchos bajones. Para colmo, hace unos días lo suspendieron de su trabajo en la Municipalidad sin goce de haberes porque dijeron que dañaba la imagen de la institución”, agregó.
Por su parte, al igual que expresó en los alegatos, el defensor Javier Millán Barredo cuestionó la instrucción del caso y remarcó que existieron contradicciones.
“Se tiene que tener presente que hicieron una primera Cámara Gesell para cocinarlo. Hubo gente que cambió su testimonio, pero se confirmó lo que nosotros sosteníamos sobre la inocencia de Santa Andrea. Las pruebas nunca existieron y quedó claro”, opinó el letrado.

Argumentos
Ayer, en la segunda y última jornada del debate, se presentaron cinco testigos aportados por la defensa, entre ellos Nélida W., vecina de Santa Andrea, quien declaró que el día de la denuncia estuvo pintando en el frente de su casa.
Al respecto, en su alegato, la fiscal Salguero consideró que “pareciera que la testigo estuvo pendiente de lo que hizo Santa Andrea durante todo el día 19 de agosto del 2013, siendo que dijo que estaba pintando, lo que me parece muy llamativo”.
“En cambio, Catita (la pequeña que denunció al locutor) dijo que ese día no vio a ninguna señora pintando, pero sí que en otra oportunidad la había visto. Por eso, dudo que la testigo haya estado pintando ese día”, subrayó.
Asimismo, insistió con que al tratarse de un delito de instancia privada que sucede en la intimidad de las personas, cobra relevancia la declaración de la menor en Cámara Gesell.
Precisó que la presunta víctima relató que al llegar a la casa, Santa Andrea “estaba hablando con un señor de una moto negra. Yo jugué con un perrito chiquito hasta que se fue el señor de la moto y no había nadie afuera. Este señor me tapó la boca y me llevó para adentro. Me llevó al baño, me bañó y me llevó a la pieza, que está al lado del baño. Allí en la cama chupé la bola de él”.
La fiscal avanzó en detalles aberrantes y graficó la manera en que la criatura describió las partes íntimas y características físicas del acusado. Al mismo tiempo, insistió que el sexo oral o fellatio constituye abuso sexual con acceso carnal y citó un caso reciente en esta jurisdicción en el cual el acusado fue condenado.
Precisamente, la estrategia de la defensa se basó en desestimar el acceso carnal y en supuestas contradicciones respecto al horario en que habrían sucedido los hechos. Finalmente, el Tribunal avaló el pedido de absolución por el beneficio de la duda.

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