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La Policía de Tránsito cobraría multas que no se registran en el sistema

multaSe constató que al menos una decena de actas de infracción no fueron remitidas por la fuerza policial al Tribunal de Faltas de Oberá. La situación fue denunciada por personal de Seguridad Vial.

Actas de infracción de varios meses que aún no fueron remitidas al Tribunal de Faltas -único órgano de juzgamiento- ni fueron ingresadas al sistema de cobro municipal, como también multas de carácter “provisional” que contradicen lo estipulado por la Ley Nacional de Tránsito, son algunas de las presuntas irregularidades que habría cometido personal de jerarquía de la División Seguridad Vial de esta localidad.
La situación fue alertada por integrantes de la misma fuerza, quienes ven con preocupación las posibles consecuencias que podrían afectar a los subalternos que realizan tareas de control de tránsito y labran infracciones.
En base a la documentación recepcionada, El Territorio constató que al menos una decena de actas de infracción no fueron remitidas por la Policía al Tribunal de Faltas, lo que a priori genera suspicacias sobre el accionar de la autoridad de control en la vía pública.
Incluso, en todas las actas figura que “la presente será elevada para su intervención a la autoridad de juzgamiento de Tribunal de Faltas, con domicilio en Calle Buenos Aires 75, en horario de atención de 7 a 12, donde podrá ofrecer descargo y ejercer su derecho de defensa”.
Entre los casos que no figuran en el sistema municipal se incluye el acta 130.903 del 17 de junio pasado, que corresponde a un camión Fiat que fue retenido por la Policía ya que el conductor carecía de licencia de conducir, cédula verde, seguro, constancia de Impuesto al Parque Automotor (IPA) y Revisión Técnico Obligatoria (RTO).
La multa se consignó como “provisional por 72 horas”, lo que constituiría una seria irregularidad, según se desprende del análisis de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, ya que el carácter de acta provisional no incluye “vehículos afectados al transporte por automotor de pasajeros o carga”.

Graves faltas sin registrar
Otra multa que no aparece en el sistema corresponde al acta 130.942 del 28 de julio. Se trata de un camión Dodge cuyo conductor contaba con un carné que no era acorde a la categoría, carecía de cédula verde, seguro obligatorio, IPA, RTO y falta total de luces traseras. En consecuencia, personal de Seguridad Vial retuvo la licencia y el vehículo. Por las faltas enumeradas, el propietario debería abonar una multa de alrededor de 5.000 pesos, pero la infracción nunca fue girada al Tribunal de Faltas.
“El jefe dio la orden de anular las actas labradas por el personal, siendo que el único que puede determinar es el juez del Tribunal de Faltas, que es la única autoridad de juzgamiento. El propio jefe arregla con los infractores”, denunciaron.
Consultados al respecto, subrayaron que “según la ley, las actas siempre deben pasar por el sistema municipal y el Tribunal de Faltas”.
La mayoría de las irregularidades detectadas implican a camiones y motos. Con relación a los rodados menores, este diario consignó dos casos de motociclistas que fueron detenidos conduciendo en estado de ebriedad, pero las actas nunca llegaron al sistema oficial.
El 8 de agosto fue retenida una moto cuyo conductor carecía de seguro, cédula de identificación de rodado y, para colmo, dio positivo en el control de alcoholemia. Se le retuvo el vehículo y la licencia. Días más tarde, el 29 de agosto, otro motociclista presentó alcohol en sangre. Tampoco tenía licencia, seguro ni cédula identificatoria del vehículo. El caso nunca se registró en el Tribunal de Faltas.
“Son irregularidades gravísimas porque la autoridad de control está siendo juez y parte. Las autoridades del Consejo Provincial de Seguridad Vial deberán investigar el caso a fondo y deslindar las responsabilidades”, confió una fuente municipal.

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