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lunes, 06 de octubre de 2008
 
 
El Senado aprobó la ley del registro de conducir por puntos PDF Imprimir E-Mail
jueves, 10 de abril de 2008
Fue por 58 votos contra dos. Ahora el Ejecutivo deberá promulgar la iniciativa, que establece la puesta en funcionamiento de la Agencia de Seguridad Vial, entre otros puntos. La nueva licencia tendrá carácter nacional. Por una amplia mayoría, el Senado aprobó este mediodía la Ley de Seguridad Vial, la iniciativa del Ejecutivo que busca mejorar el tránsito y reducir los accidentes y establece la unificación del Registro Nacional de Conducir en todo el país por puntaje.

El proyecto había recibido algunas modificaciones en la Cámara baja, donde recibió media sanción el 12 de marzo. Hoy, el Senado lo convirtió en Ley con 58 votos a favor y sólo dos en contra. La norma establece la creación de un nuevo registro nacional de conductores, que incorporará antecedentes de tránsito y puntajes.

Además, prevé la puesta en funcionamiento de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que coordinará las medidas de tránsito en todo el país. Y, en el plano de los controles, la existencia de radares en rutas y peajes en todo el país.

Entre las modificaciones que los diputados incorporaron figura, por ejemplo, la creación de un impuesto del 1% sobre las pólizas de seguros de los autos para financiar el plan. Además, introdujeron cambios en un punto incorporado por los senadores que establecía la "prohibición" de la venta de bebidas en el acceso a rutas del país y acordaron cambiarlo por la "limitación" del expendio, ya que eso perjudicaría a los vecinos de los pueblos que tienen un solo comercio al costado de la ruta.

Entre otras funciones, la Agencia de Seguridad Vial deberá impulsar un sistema de revisión técnica obligatoria para todos los vehículos que integren el parque automotor y medidas de seguridad para todos los automóviles, como el doble "air bag" y un sistema antibloqueo de frenos, conocido como ABS.

Por otra parte, entre los requisitos que se exigirán para el otorgamiento de licencias de conducir a vehículos del servicio de transporte de pasajeros y de carga están la asistencia obligatoria a un curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial, en una escuela habilitada. (Clarín)
 
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